miércoles, 21 de noviembre de 2018

Los Docentes y la Protesta. “Renuncie colega y busque otro trabajo”




Recientemente, el miércoles de esta semana, una colega docente que vive en la Zona Rural de Carabobo le informó al Director de su
Institución que ella, en respaldo de sus colegas y como forma de protesta, no iba a presentarse a la institución, sino que cumpliría su
horario en la Plaza Bolívar del pueblo.

El director de la institución le dijo que el desconocía tal acción de parte de ella y que si quería protestar se fuera a Valencia y llevara su justificativo luego, que tenía 15 días para  hacerlo. Ella le dijo que ni plata para comer tenía por lo cual no podía hacerlo. Se formó una discusión sobre la situación del país, teniendo como síntesis la máxima del directivo a la Docente: Si no estás contenta con tu sueldo, renuncia y dale chance a otro que si quiera dar clases y búscate otro trabajo que te satisfaga tus expectativas salariales.


Esta situación se repite a diario en muchas partes: Directivos, supervisores y Jefes de Zona casi forzando a los docentes a renunciar porque protestan por sus mejoras salariales o porque se han visto impedidos de asistir a las instituciones por causas tan diversas como: Falta de Transporte, dinero, alimento, enfermedades o depresión al ver la situación familiar propia o de los niños que atienden. Como vemos ante tales circunstancias la repuesta de los directivos en última opción es “renuncie colega y busque otro trabajo”.

Quisiera compartir con ustedes una reflexiones en torno a esta situación y dar a la vez, algunas herramientas legales y de orden laboral que les permita enfrentar  la reacción nociva de los directivos en los actuales momentos de crisis que vive el país.

– El Derecho a un Salario Suficiente. (CRBV)Artículo 91


“Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales. Se garantizará el pago de igual salario por igual trabajo y se fijará la participación que debe corresponder a los trabajadores y trabajadoras en el beneficio de la empresa. El salario es inembargable y se pagará periódica y oportunamente en moneda de curso legal, salvo la excepción de la obligación alimentaria, de conformidad con la ley.”

El Salario Suficiente es mandato constitucional, en otras palabras es de obligatoria ejecución y no  admite excusas, doble interpretación o  recursos legales de interpretación, es cosa dictada.

Ahora bien, ¿puede el Estado excusarse ante el no acatamiento de tal veredicto? ¿De quién es la responsabilidad, obligación   o deber
Constitucional la ejecución de tal norma? ¿Del trabajador? ¿Quién falla al no cumplirse tal norma?. Indudable e inexorablemente del Estado y en específico  al regentor del Estado: El Gobierno.

Por lo cual es el gobierno el responsable de la aplicación de la norma.  ¿Puedo yo exigir al Gobierno que renuncie por incumplir tal norma? ¿Qué tipo de falta es esta por parte del Gobierno Nacional? ¿Grave? Obligatoriamente surgen muchas aristas de este hecho, pero lo cierto es  que es responsabilidad del Gobierno proveer las condiciones materiales, sociales e intelectuales para que nosotros como ciudadanos tengamos acceso a un salario suficiente para vivir con dignidad.

Así es que cuando un Director, Supervisor o Jefe de Zona le sugiera la renuncia sáquele el artículo 91 de la CRBV y cíteselo, apréndaselo de memoria  si es posible, para que asuma su responsabilidad realmente.

De ahí que quienes tenemos la fuerza ética y moral para exigir la renuncia del cargo al Director como representante del gobierno y al gobierno mismo,  somos los trabajadores quienes a diario sufrimos las penurias de tener que vivir sin un salario digno.

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