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EL DÍA DE HOY 24 DE DICIEMBRE EL COLEGA FRANK ANDRADE, POR MEDIO DEL FACEBOOK, EDUCADORES CON SU GENTE, HA SEÑALADO DE MANERA GENERAL LOS PASIVOS QUE PARA LA FECHA MANTIENE EL MPPE CON LOS DOCENTES.
SE PUEDE RESUMIR DE LA SIGUIENTE MANERA:
Buenos dias colegas les informamos hoy dia de noche buena: Que el MPPE aun no ha honrado todas las deudas con sus educadores, a continuacion las describimos:
1.-Los tres meses de aguinaldos fueron cancelados en base al salario mensual y no con el salario integral.
2.-La unidad tributaria del 2011, es de de 76bsf.,y aun se está cancelando a 65bsf mensual,
3. -Es decir hay una diferencia de 11 bsf y de 110 bsf mensual que multiplicada por 12 la deuda es de 1320 Bsf por cada educador con 36hrs de acuerdo a la clausula 11 de la VI C.C.
CLÁUSULA N° 11
BONO DE ALIMENTACIÓN
BONO DE ALIMENTACIÓN
El Ministerio del Poder Popular para la Educación, conviene a partir de la firma y depósito de la presente Convención Colectiva de Trabajo, en reconocer que el beneficio de la Ley Programa de Alimentación para los Trabajadores, forma parte de la protección alimentaría y protección de la salud de los educadores. Esta protección debe estar acompañada de un proceso de educación alimentaria bajo la responsabilidad del Instituto Nacional de Nutrición, dada la condición de desgaste físico e intelectual, que progresivamente sufre el organismo del educador. Asimismo, conviene en pagar a las Trabajadoras y los Trabajadores de la Educación activos en pleno ejercicio de la Profesión Docente, en atención a su carga horaria semana-mensual, el beneficio establecido en la Ley Programa de Alimentación para los Trabajadores. El pago se hará con fundamento en el 50% de la unidad tributaria con la cual se ha calculado el presupuesto educativo de cada año y se ejecutará en 20 días mensuales y la diferencia de días hábiles acumulados se pagará en el mes de diciembre de cada año. Por cuanto la máxima carga horaria es de 36 horas semanales, se otorgará el monto correspondiente a la jornada laboral completa, disminuyendo progresivamente de acuerdo a la carga horaria efectivamente laborada.
4.- Diferencia del 8% y 10% a quienes vienen cobrando las maestrias y doctorados de acuerdo a la clausula 25 de la VI C.C.
CLÁUSULA N° 25
RECONOCIMIENTO DE TÍTULO POST-GRADO
El Ministerio del Poder Popular para la Educación se obliga, a partir de la firma y depósito de la presente Convención Colectiva de Trabajo, en otorgar a las y los Trabajadores de la Educación que hayan obtenido un título de Post-grado en Educación (Especialización, Maestría o Doctorado) salario normal en base al siguiente tabulador:TÍTULO DE POST-GRADOCOMPENSACIÓN PORCENTUAL EN BASE AL SALARIO NORMALEspecialización.. 25 %... Maestría 33% ... Doctorado 35%Aprobada en Acta de fecha 19 de Julio de 2011.
SIN COMENTARIOS...Q PAGUEN Y PUNTO
ResponderEliminarSiempre se burlan del gremio docente, dan fechas de pago y núnca recibimos nada... Hasta cuando Sra Ministra. Qué ha pasado con el retroactivo del cesta ticket que supuestamente sinafun informó que el deposito era para el viernes 23 de diciembre, dónde está nuestro dinero.
ResponderEliminarSoy docente comprometido con este proceso, pero de verdad me siento triste de que somos los profesionales mas mal pagado de nuestra rica y gran patria, los obreros educacionales tienen mejores beneficio que los docentes y para condimentar mejor la situación, no nos cancela como lo indican las clasulas del contrato colectivo, que cosas no, creo que con el proximo sueldo me comprare unos cuatro telmo y saldre a vender cafe. (solo para reflexionar) Que Dios nos ayude.
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